12 semanas. Esta será la duración de los permisos por paternidad para aquellos trabajadores que estén esperando un hijo para el año que viene.
En este sentido, resulta significativo lo siguiente:
- Las cuatro primera semanas son de obligado disfrute de manera ininterrumpida tras el nacimiento del hijo.
- En cuanto a las ocho semanas que faltan hasta completar las doce:
- Siempre por períodos semanales, de manera conjunta o separada, hasta que el hijo o la hija cumpla un año.
- Podrá disfrutar de hasta dos semanas semanas adicionales si se las cede la madre biológica.
- Deberían preavisarse los períodos de disfrute con una antelación mínima de 15 días.
- Si los dos progenitores trabajan para la misma empresa, ésta podrá limitar su ejercicio simultáneo, motivando y fundamentando por escrito las razones para ello.
Si todavía le queda alguna duda respecto a la duración o condiciones del disfrute, contacte con nuestro departamento de laboral.
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