El Gobierno ya ha publicado qué territorios avanzan a la Fase 2 de la desescalada. El cambio de fase implica una serie de medidas que debes conocer y que, al igual que hicimos con la Fase 1, a continuación explicamos:
◊ Trabajo y aforos en lugares públicos.
- La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores.
- En lo que respecta a comercio, se podrá proceder a la apertura al público de centros y parques comerciales con independencia de su superficie útil de exposición y venta.
- El aforo total del comercio minorista será del 40% y deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Se permitirán las rebajas sin aglomeraciones.
- Los centros comerciales tendrán aforo total del 30%, dentro de cada local de los centros comerciales es del 40%. No se permite el uso de zonas de descanso comunes o recreativas. La orden amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados.
◊ Cultura y espectáculos.
- Los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar su actividad con butacas preasignadas y un máximo de un tercio de su aforo. El límite será de 50 personas. Se recomienda la venta online de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.
- En el caso de actividades al aire libre, el público deberá permanecer sentado, guardando la distancia necesaria, No podrá superarse un tercio del aforo, tampoco reunir más de 400 personas.
- La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales. Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.
◊ Turismo y hoteles.
- Podrá procederse a la apertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos.
- Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes. También deberá limitar el espacio en eventos. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 20 personas.
- Pueden reabrir al público para consumir dentro del local los establecimientos de hostelería y restauración. Salvo discotecas y bares nocturnos. El límite de aforo será del 40%. Solo con servicio en mesa. No se podrá consumir en la barra.
◊ Contacto social y libertad de movimiento.
- Se amplía el aforo de los lugares de culto al 50 %.
- Se permiten las bodas en todo tipo de instalaciones, siempre que no se supere el 50% de su aforo, y en todo caso un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados. Habrá que mantener la distancia social, la higiene de manos.
- Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos de máximo 15 personas, entre las que no se contabilizan las personas convivientes, manteniendo la distancia social.
- Visitas a viviendas tuteladas y centros residenciales de personas con discapacidad. Habrá que concertar la visita, que estará limitada a un familiar por residente y requerirá el uso de equipos de protección.
- Hasta 25 personas podrán asistir a un entierro o ceremonia de cremación. En el caso de los velatorios, 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados.
◊ Piscinas y playas.
- En las playas, se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico. La distancia mínima será de 2 metros entre los participantes.
- Abren las piscinas recreativas, con condiciones para mantenerlas libres de sustancias que puedan afectar negativamente la salud del usuario. Aforo máximo del 30 %, establecimiento de horarios por turnos, cita previa requerida y 2 metros de distancia de seguridad entre bañistas.
- Apertura de piscinas deportivas, tanto al aire libre como cubiertas, con un tercio del aforo, cita previa y un único deportista por calle.
◊ Deporte.
- Se amplían a 20 personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza.
- Se flexibiliza el horario para practicar deportes a las personas de hasta 70 años. Excepto los tramos horarios previstos para los paseos de personas mayores (de 10 a 12 horas y entre las 19 y las 20 horas), que las comunidades pueden adelantar o retrasar 2 horas.
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