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No he cobrado mi ERTE, ¿qué puedo hacer?

No he cobrado mi ERTE, ¿qué puedo hacer?
24th mayo 2020 Lucía Clemente Hernáiz

El Servicio Público de Empleo (SEPE) ha habilitado un buzón a través de la dirección de correo electrónico miprestacion2020@sepe.es para dar respuesta a la avalancha de quejas de las personas trabajadoras que no han cobrado todavía y que el Ministerio de Trabajo cuantifica en un 2%. Es conveniente que se utilice este buzón aportando todos los datos necesarios para que el SEPE pueda detectar el posible error y subsanarlo. Si la situación de anomalía continúa y/o los requerimientos de los trabajadores afectados no son atendidos, a continuación, explicamos cómo proceder ante tal situación:

  • En primer lugar, el trabajador deberá realizar una declaración formal a la empresa.
  • En la declaración, que podrá enviar por e-mail, debe informar de que no ha recibido la prestación. La empresa que ha realizado el ERTE debe tener constancia del retraso en el pago a sus trabajadores.
  • Tras informar a la empresa, debe presentar una declaración administrativa.
  • Si se trata de una resolución expresa del SEPE en la que deniegan la prestación al trabajador, o no se está de acuerdo con la cuantía aprobada, se debe presentar una reclamación previa ante el propio SEPE dentro de los 30 días hábiles siguientes desde la notificación de la resolución sobre la prestación solicitada. Si el SEPE no contesta, la persona trabajadora puede desde presentar esta reclamación cuando hayan transcurrido 3 meses desde que presentó la solicitud sin haber recibido la notificación de la resolución, entendiéndose entonces que ha sido denegada por silencio administrativo.
  • La reclamación puede realizarse por correo certificado o telemáticamente. Si en un plazo de 45 días hábiles desde la presentación de la reclamación previa el SEPE no contesta la solicitud formulada, podemos presentar demanda ante los Juzgados de lo Social en un plazo de 30 días hábiles. El mismo plazo de 30 días es aplicable en caso de que obtengamos una resolución expresa desfavorable.

Para presentar demandas ante los Juzgados de lo Social contra el SEPE, no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador siempre que estemos en primera instancia. Aunque te recomendamos contar con los servicios de un Graduado Social o de un Abogado de nuestro equipo de profesionales.