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Modelo 145 y retenciones del IRPF

Modelo 145 y retenciones del IRPF
2nd enero 2020 Manuel Sáez Navarro

El modelo 145 es la comunicación que el trabajador debe hacer al pagador comunicando su situación personal y familiar, a efectos del cálculo de porcentaje de descuento del Impuesto sobre la Renta en la nómina.

Algunas de estas circunstancias, entre otras, son:

  • Situación familiar.
  • Discapacidad.
  • Movilidad geográfica.
  • Hijos y otros descendientes que conviven con el trabajador.
  • Ascendientes mayores de 65 años, o menores de dicha edad si son discapacitados, que conviven con el perceptor.
  • Pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial.

 

Es responsabilidad del trabajador realizar esta comunicación al empleador. Si no lo hace, la empresa podrá aplicar el porcentaje que corresponda sin tener estas circunstancias en cuenta.

No es preciso presentar todos los años el modelo 145 al pagador -si no hay circunstancias nuevas- aunque sí lo vemos conveniente.

En cuanto a las variaciones de datos, hay que distinguir:

  • Las que supongan un menor tipo de retención (por ejemplo, una declaración de minusvalía) → surtirán efectos desde la comunicación al pagador, siempre que esta sega con al menos cinco días de antelación al cálculo de las nóminas.
  • Las que supongan un mayor tipo de retención (por ejemplo, el fallecimiento de un ascendiente que convivía con el trabajador) → es obligatorio comunicarlas en el plazo de 10 días desde que se producen.

 

Dado que la responsabilidad en cuanto a la veracidad de estos datos es exclusiva del trabajador, este no está obligado a acreditar a la empresa los datos comunicados en el modelo 145.

Modelo 145 para el cálculo de retenciones del IRPF.