El BOE tras el último Consejo de Ministros de 2019 viene cargado, como no podía ser de otra manera.
Casi todas las medidas, en realidad, son prórrogas sobre prórrogas. Estas son las más reseñables:
MEDIDAS DE ÍNDOLE FISCAL
- Se prorrogan los límites cuantitativos para estar dentro del ámbito de aplicación del método de estimación objetiva (módulos).
- Volumen máximo de ingresos para el conjunto de las actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales: 150.000 euros anuales.
- En el caso de operaciones para las que no exista obligación de emitir factura, cuando el destinatario sea u empresario o profesional que actúe como tal en aplicación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación el límite será de 75.000 euros.
- Límite en función del volumen de compras en bienes y servicios: 150.000 euros. Se incluyen en este límite las obras y servicios subcontratados y se excluyen las adquisiciones de inmovilizado.
- Volumen máximo de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas: 250.000 euros.
- Se mantiene el restablecimiento temporal del Impuesto sobre Patrimonio.
MEDIDAS DE ÍNDOLE LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
- Se prorroga el Salario Mínimo Interprofesional para 2020.
Se mantiene, para todo tipo de actividades, en 30 €/día o 900 €/mes. En cómputo anual, hay que tener en cuenta 14 pagas.
- Se congelan las pensiones.
Se incorpora la previsión de subirlas cuando se produzca la formación de gobierno y de aplicar la revalorización que corresponda con fecha de efectos 1 de enero de 2020.
- Tipos y bases de cotización para 2020.
Se mantienen las cuantías y topes existentes en 2019.
Para 2019, la base máxima de cotización está en 4070’10 €.