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Medidas de protección de empleo y ciudadanos aprobadas en el RDL 15/2020

Medidas de protección de empleo y ciudadanos aprobadas en el RDL 15/2020
22nd abril 2020 Manuel Sáez Navarro

Prestación por desempleo

Se  amplía  la  cobertura  de  la  prestación  a  las personas trabajadoras  cuyos  contratos  hayan  sido  extinguidos  durante el  periodo  de  prueba  de  un nuevo trabajo desde el 9 de marzo o aquellos que lo hayan extinguido voluntariamente desde el 1 de marzo por tener una oferta laboral en firme que haya decaído.

ERTES por fuerza mayor

Para cubrir  las reducciones  significativas  de  actividad  en  aquellos  sectores  considerados  esenciales,  pero que  se  han  visto  afectados  por  las  medidas  de  reducción  de  la  movilidad  y  han  visto mermados sus ingresos. La fuerza mayor podrá ser parcial. En este sentido, podría no extenderse a toda la plantilla, respecto de aquellas empresas que desarrollan actividades consideradas esenciales durante esta crisis

Trabajadores fijos discontinuos

Se  refuerza  la  protección  de  las personas trabajadoras  fijos  discontinuos  que   no   hayan   podido reincorporarse a su actividad en las fechas previstas como consecuencia del COVID-19 y que no cumplen el requisito de situación legal de desempleo, o no pueden acceder a la prestación por desempleo por carecer del periodo de cotización necesario.

Inspección de trabajo

Se suspenden los plazos en el ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo  y  Seguridad  Social, incluyendo los de prescripción.

Trabajo a distancia

Se  prorroga  dos  meses  el  carácter  preferente  del  trabajo  a  distancia,  así  como  el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada.

Aplazamiento Cuotas Seguridad Social

Se concreta que los aplazamientos de cuotas a Seguridad Social en Régimen General y en Régimen de Autónomos correspondientes a los periodos de abril a junio se podrán solicitar de forma individual (mes a mes) o conjunta (los 3 meses) con un fraccionamiento máximo de pago de 4 meses por cada mes (12 meses si se pide el aplazamiento de las cuotas de los 3 meses).